A fin de atender la cobertura de las crecientes erogaciones en materia laboral y de los insumos básicos para la gestión de validación y control de las DCI, y en función del estudio de costos realizado, se ha vuelto imperioso establecer una nueva tabla de aranceles para la recuperación de los valores históricos por validación de DCI.
En consecuencia, se ha elaborado un nuevo cuadro de aranceles que entrará en vigencia a partir del martes 06 de abril 2010 próximo:
$ 30.- por Validación de cada DCI del Grupo “A” (equivale al primer segmento de
T1R), para instalaciones residenciales con DPMS hasta 3700 VA.-
$ 50.- por Validación de cada DCI del Grupo “B” (equivale al segundo segmento de
T1R), para instalaciones residenciales con DPMS de más de 3700 VA hasta 7000
VA.-
$ 75.- por Validación de cada DCI del Grupo “C” (equivale al tercer segmento de
T1R), para instalaciones residenciales con DPMS de más de 7000 VA hasta 12000
VA.-
$ 150.- por Validación de cada DCI del Grupo “D” (equivale al primer segmento de
T1G), para instalaciones no residenciales con DPMS hasta 4800 VA.-
$ 175.- por Validación de cada DCI del Grupo “E” (equivale al segundo segmento
de T1G), para instalaciones no residenciales con DPMS de más de 4800 VA hasta
12000 VA.-
$ 350.- por Validación de cada DCI del Grupo “F” (equivale a T2), para instalaciones con DPMS de más de 12000 VA hasta 59000 VA.-
$ 800.- por Validación de cada DCI del Grupo “G” (equivale a T3), para instalaciones con DPMS de más de 59000 VA.-
Esta propuesta tiende a mantener la política histórica de la Comisión Directiva en el sentido de reducir el impacto económico sobre los sectores más vulnerables, intentando minimizar el traslado directo y automático a los costos de los servicios profesionales, diferenciando el nivel de incremento entre las tarifas T1R y las tarifas T2 y T3.
Un tratamiento similar se ha aplicado también a la tarifa T1G, la que ha sido
desagregada en dos segmentos, correspondiente el primero a las potencias instaladas de hasta 4800 VA, y el segundo (T1GB) para potencias mayores a 4800 VA y hasta
12000 VA.
En términos operativos, el día miércoles 31 de Marzo será el último de vigencia de la escala actual. Los días 1, 2, 3, 4 y 5 de Abril, NO se realizarán operaciones de
Validación en todos los puntos de validación de APSE (Sede Central, Ciudadela, Lanús,
La Plata y ACYEDE), dado que deberán realizarse las adecuaciones necesarias en el sistema informático disponible en cada uno de ellos. A partir del Martes 06 de Abril todos los puntos de validación operarán en sus horarios habituales, ya con la nueva escala de aranceles.
Reglamentación AEA 90364
Las presentaciones de DCI, que se realicen a partir del 6 de abril de 2010 y en adelante, correspondientes a obras iniciadas a partir de esa fecha, cualquiera sea su destino, deberán ser conformes a la Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones
Eléctricas en Inmuebles AEA 90364 en su edición vigente. Por lo tanto los registrados en el nivel tres deberán realizar las correspondientes actualizaciones y registros en los
Colegios o Consejos Profesionales correspondientes a su zona de actuación, a fin de obtener los certificados de incumbencia que así lo acrediten para gestionar tales presentaciones.
Aclaraciones
En función de numerosas consultas recibidas y de presentaciones de DCI incorrectas, queremos recordar que el Disco Operativo disponible en www.apse.org.ar además de los
Formularios de gestión, cuenta con el Instructivo IV-03 “Presentación de la DCI”, en el cual podrá encontrar una guía sencilla para el llenado de dichos formularios. No obstante a fin de aclarar cualquier consulta al respecto puede dirigirnos un e-mail
info@apse.org.ar.
En particular se recuerda que, respecto de la parte declarativa del FR-13, las referencias
a la Reglamentación para la ejecución de Instalaciones eléctricas en inmuebles de la
AEA edición 1987 o edición 2006 son mutuamente excluyentes (o sea debe marcarse una ó la otra), y que marcar el casillero de la Resolución ENRE 336/09 es optativo y adicional a alguna de las dos opciones anteriores (debería marcarse siempre si el destinatario es la Distribuidora de Energía Eléctrica).
El casillero de “Requisitos Esenciales de Seguridad (RES)” se usa sólo cuando la
instalación es anterior a junio de 1996 o cuando la DCI se emite como constancia de la revisión periódica de una instalación que cuenta con una DCI previa; en cuyo caso no corresponde marcar los casilleros correspondientes a la Reglamentación para la ejecución de Instalaciones eléctricas en inmuebles de la AEA edición 1987 o edición
2006.
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